Un acuerdo de arrendamiento no es por un período fijo y puede ser un acuerdo verbal. Si es un acuerdo verbal, debe haber una declaración escrita, que resuma los términos específicos de lo acordado y que se entregue al inquilino dentro de 15 días. El inquilino puede decidir mudarse o el dueño puede pedir al inquilino que se vaya. Si el inquilino decide mudarse, deberá dar aviso por escrito de 30 días al dueño informándole que se va a mudar. Si el dueño quiere que el inquilino se vaya, debe dar aviso por escrito al inquilino con 60 días de anticipación (si el inquilino ha habitado la unidad por un año o más) o un aviso por escrito con 30 días de anticipación de aviso por escrito (si el inquilino ha habitado la unidad por menos de un año).
El dueño debe dar aviso por escrito si quiere subir la renta (ver FAQ #6: ¿Cuánto puede subir la renta?) Si la renta sube más del 10%, entonces el dueño debe dar aviso por escrito con 60 días de anticipación en un arrendamiento de mes a mes. Si es menor del 10%, entonces con 30 días es suficiente. Si es un contrato a término fijo, el dueño debe esperar hasta el término del contrato. Si el inquilino no cumple con las reglas del acuerdo de arrendamiento, el dueño debe dar aviso de 3 días para Cumplir o Salir. Por ejemplo, si el inquilino tiene un gato, y el dueño no permite gatos, el dueño puede enviar un aviso al inquilino diciéndole que tiene que deshacerse del gato o mudarse. Eso da al inquilino una oportunidad de remediar la falta. (ver FAQ #11: ¿Qué es un aviso de 3 días?).
Inquilinos de California:
Guía de Derechos y Obligaciones para Inquilinos y Dueños de Residencias
www.dca.ca.gov/legal/landlordbook/before-rent.htm, Download (PDF)